Transferencia de vehículo: documentación y pasos

Compraste o vendiste un coche de segunda mano y ahora toca cambiar la titularidad. Mientras no completes la transferencia, el vendedor sigue siendo el responsable legal del vehículo: multas, impuesto de circulación, todo. Por eso conviene hacerlo cuanto antes, y hacerlo bien.

La documentación que necesitas

Contrato de compraventa firmado por ambas partes, permiso de circulación original, ficha técnica o tarjeta ITV, DNI o NIE de comprador y vendedor, y el justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que en la compraventa entre particulares paga el comprador. También hace falta el recibo del impuesto de circulación del año en curso.

Un requisito que mucha gente pasa por alto

El nuevo titular debe tener el seguro del coche contratado a su nombre antes de presentar la solicitud de transferencia, no después. Es un requisito legal desde la reforma de la Ley de Seguros de 2016, y muchas gestiones se atascan precisamente por este detalle.

Dónde se hace

Puedes tramitarlo online en la sede electrónica de la DGT si tienes certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, o de forma presencial con cita previa en la Jefatura de Tráfico. Si falta algún documento, el trámite online se bloquea y toca ir en persona, así que merece la pena revisarlo todo dos veces antes de empezar.

Plazo legal y qué pasa si te retrasas

El artículo 32 del Reglamento General de Vehículos marca 30 días naturales desde la firma del contrato de compraventa para solicitar el cambio de titularidad. Si se pasa ese plazo, la DGT puede sancionar al comprador, y mientras tanto el vendedor sigue figurando como responsable del vehículo a todos los efectos —incluidas las multas que puedan llegar a su nombre.

Cuánto cuesta la transferencia

La tasa de la DGT son 55,70 € (tarifa 2026 para turismos y motocicletas). A eso hay que sumar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que en la Comunidad de Madrid es del 4% sobre el valor fiscal del vehículo —no sobre el precio que hayáis pactado, sino sobre el valor de tabla que publica Hacienda, ya reducido según la antigüedad del coche. Por ejemplo, un coche con más de 12 años de antigüedad tiene una reducción del 90% sobre su valor de tabla, así que el ITP suele acabar siendo bastante más bajo de lo que la gente espera.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si se me pasa el plazo de 30 días?

La DGT puede imponer una sanción, y además el vendedor sigue siendo el titular legal mientras no se formalice el cambio —con lo que eso implica si llega una multa o un impuesto a su nombre por un coche que ya no es suyo.

¿Puedo hacer la transferencia sin que el vendedor esté presente?

Es posible si el vendedor firma el contrato de compraventa y, si se tramita online, autoriza el trámite con su certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Si no puede estar presente ni firmar digitalmente, hace falta un poder de representación.

¿Se puede hacer la transferencia si el coche tiene multas pendientes?

Sí, las multas no bloquean la transferencia en sí —pero siguen siendo responsabilidad de quien era el titular en el momento de la infracción, así que conviene dejarlo claro por escrito en el contrato de compraventa antes de firmar.

Si te ha servido esta guía, quizá también te interese ver cómo dar de baja un coche en Getafe y qué es y cómo se consigue el distintivo ambiental de la DGT. Si prefieres que lo gestionemos nosotros, consulta nuestro servicio de la transferencia de vehículo en Getafe.

Si prefieres no arriesgarte a que falte algo

En Sofer Gestión revisamos toda la documentación antes de presentarla, para que no tengas que hacer dos viajes ni te quedes a mitad de un trámite online. Contáctanos y nos ocupamos de tu transferencia de principio a fin.

Escrito por Jefferson Moreno, Responsable de Tráfico de Sofer Gestión, gestoría en Getafe.

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